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Una TCAE con 194 contratos de interinidad gana en el Tribunal Supremo-

07.12.2023

Una TCAE de la Agencia Sanitaria Costa del Sol con 194 contratos interinos y tres de temporalidad con una antigüedad desde 2007 ha ganado la batalla judicial que tenía contra la Administración en el Tribunal Supremo. Acumuló 4.185 días de trabajo porque fueron ininterrumpidos, según su vida laboral.

Superó el proceso selectivo para formar parte de una bolsa de trabajo para cubrir eventualidades y sustituciones de auxiliares de enfermería en 2006.

Ni el Juzgado de lo Social Nº12 de Málaga ni el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía le dieron la razón.

Los magistrados de la Sala de lo Social, Concepción Rosario Ureste García, (presidente y ponente), María Luz García Paredes, Sebastián Moralo Gallego y Juan Molins, han declarado en la sentencia 907/2023 de 31 de octubre que la relación que la une con el Servicio Andaluz de Salud es de indefinida no fija.

El trabajador indefinido no fijo no es un trabajador temporal pero tampoco tiene un cargo propio, por lo que no es fijo.

Es una figura que puede ser considerada como una mezcla entre los trabajadores fijos y los temporales.

Tal condición sólo puede otorgarla un juez por la duración excesiva de un contrato o ante la posibilidad de sucesivos contratos.

Una extensión «injustificadamente larga» de la relación laboral de la TCAE

Para el tribunal, la relación laboral temporal de la TCAE con la Administración ha sido de "una extensión injustificadamente larga" al producirse una "absoluta inactividad de la administración" de convocar proceso para que la vacante fuese cubierta de forma indefinida. Llevaban desde 2007 sin convocar.

Por tanto, para los magistrados ha existido un fraude de ley en los términos previstos en el artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores y una infracción del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada que figura en el Anexo de la Directiva 1999/70/CE.

La TCAE comenzó a prestar servicios como interina en 2007, siendo su último contrato en 2019 y decidió acudir a los tribunales porque la administración demandada había recurrido a contratos temporales para cubrir una actividad que era permanente, estructural e indefinida con una dilatada duración en el tiempo.

Y como ni en primera ni en segunda instancia le dieron la razón, la TCAE tuvo que llegar hasta el Tribunal Supremo, donde presentó una sentencia de contraste para lograr sus pretensiones. Es decir, mostró un caso idéntico al suyo cuyo fallo era distinto.