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SAE gana la sentencia en contra de la limpieza de EPIs por parte de los TCAEs

22.03.2021

Sentencia estimatoria en la que el juzgado establece qué la función de limpieza de las EPIs NO figura entre las funciones del Estatuto 73, NI tampoco entre lo establecido en el catálogo nacional de cualificaciones profesionales, y que los EPIs no constituyen material sanitario por lo que la junta ha de responsabilizarse del cuidado y desinfección de las EPIs y por ello:

EL JUEZ ORDENA LITERALMENTE:

"Que la administración cese de inmediato, por ser ilegales las órdenes impartidas a los TCAEs para la limpieza y desinfección de los EPIs reutilizados por otros profesionales sanitarios por no ser tareas de su competencia, debiendo ser la administración encargada de ordenar a cada profesional la limpieza de su propia EPI"